El contrato por obra o faena es aquel cuya duración está determinada por la conclusión de una obra o servicio específico, no por una fecha fija. Termina naturalmente cuando concluye la obra para la que fue contratado el trabajador, sin importar cuánto tiempo tome. Es la causal N°5 del Art. 159 del Código del Trabajo.
Su uso es frecuente en construcción, minería, agricultura de temporada y proyectos de ingeniería. La obra o faena debe estar claramente definida en el contrato — si la descripción es demasiado genérica, la DT puede cuestionar que sea realmente un contrato por obra y presumir que es indefinido.
Al término por conclusión de la obra, el trabajador tiene derecho al feriado proporcional, gratificación proporcional y demás saldos pendientes — pero no a indemnización por años de servicio, salvo que haya una causal distinta. El empleador tiene 5 días hábiles para hacer firmar el contrato desde el inicio de la relación laboral.
MUERMO permite registrar contratos por obra o faena con la descripción de la obra, genera el finiquito correspondiente al término y calcula los conceptos que corresponden según esta causal.