Art. 42 bis · Ley de Impuesto a la Renta

¿Qué es el APV y cómo afecta la liquidación?

El APV (Ahorro Previsional Voluntario) es un mecanismo que permite al trabajador ahorrar montos adicionales para su pensión, más allá de la cotización obligatoria del 10%. Su impacto en la liquidación depende del régimen tributario elegido: puede reducir el impuesto de segunda categoría del mes (Régimen A) o generar un crédito tributario anual (Régimen B).

Regímenes tributarios del APV
Régimen A: el monto ahorrado se descuenta de la base imponible del impuesto del mes — reduce el impuesto actual, pero se tributa al retirar
Régimen B: no reduce el impuesto mensual, pero genera un crédito fiscal del 15% del monto ahorrado — sin tributar al retirar si se respetan condiciones

Tope Régimen A: 600 UF anuales exentas de impuesto (50 UF/mes)

Para el encargado de remuneraciones, el APV implica un descuento adicional en la liquidación del trabajador, que se transfiere directamente a la AFP u otra institución autorizada. No es un costo del empleador — es dinero del trabajador que se destina a ahorro. El monto y régimen lo define el propio trabajador mediante una solicitud a su institución de APV.

Con Régimen A, el efecto inmediato es visible en la liquidación: el impuesto baja porque la base imponible se reduce. Esto es particularmente atractivo para trabajadores en tramos altos de impuesto. Con Régimen B, el impacto es invisible en la liquidación mensual, pero se materializa en la declaración anual de renta.

MUERMO lo gestiona

MUERMO registra el APV del trabajador con su régimen elegido y monto mensual, aplicándolo correctamente en el cálculo del impuesto de segunda categoría dentro de cada liquidación.

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